domingo, 5 de noviembre de 2023

Articulo 28


 En los E.U. Méxicanos quedan prohibidos los monopolios y las practicas monopolicas ,en consecuencia la ley castigara severamente, y las autoridades perseguiran con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de articulos de consumo necesario y que tenga por objetivo el alza de los precios.

Las leyes fijaran bases para que señalen precios maximos a los articulos, materias o productos que se consideren necesarios para la económia nacional o consumo popular.

Garantizara la libre competencia, asi como prevenir, investigar y combatir los monopolios y restringir el funcionamiento eficiente de los mercados en los terminos que establecen esta constitución y las leyes

1 comentario:

  1. Para que se dé esta situación es necesario que el mercado sufra una competencia imperfecta, lo cual ocurre cuando no hay servicios o productos que puedan sustituir a un producto o servicio determinado sobre el que se forma el monopolio.

    Como es evidente, el monopolista tiene un gran poder en el mercado, puesto que al ser el único que explota un servicio o produce un bien determinado controla la cantidad de producción, así como el precio.

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Articulo 29

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