domingo, 5 de noviembre de 2023

Articulo 20

 El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.

° A -Principios generales:

I.-El proceso penal tendrá por objetivo el esclarecimiento de los hechos.

II.-Toda audiencia se desarrollara en presencia del juez.

III.-Solo se consideran pruebas aquellas que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio.

IV.- La presentación de los argumentos y elementos probatorios se desarrollan de manera pública, contradictoria y oral.

V.-Ningún Juzgador podrá tratar asuntos que estén sujetos a proceso.

VI.-Una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no exista oposición del inculpado se podrá decretar su determinación.

VII.-El juez solo condenara cuando exista convicción de la culpabilidad del procesado.

VIII.- Cualquier prueba obtenida con violación de derechos ser anulada.

° B-De los derechos de toda persona imputada.

•Declarar o guardar silencio

•A que de le informe tanto en el momento de su detención como en su comparencia ante el Ministerio público.




1 comentario:

  1. El artículo 20 de la Constitución mexicana establece los derechos que tienen las personas en materia de justicia y debido proceso.

    Juan es acusado de un delito y es llevado a juicio. Según el artículo 20, Juan tiene derecho a ser considerado inocente hasta que se demuestre su culpabilidad. Esto significa que el peso de la prueba recae en la parte acusadora, quien debe presentar evidencias sólidas y convincentes que demuestren la responsabilidad de Juan en el delito.

    Tiene derecho a ser informado de manera clara y detallada sobre la acusación en su contra, así como el nombre de la persona que lo acusa. Debe contar con el tiempo y los recursos necesarios para preparar su defensa y tener la posibilidad de presentar pruebas a su favor. También puede solicitar el apoyo de un abogado para que lo represente durante todo el proceso.

    Durante el juicio, Juan tiene derecho a confrontar a los testigos de cargo, es decir, a cuestionar sus declaraciones y a presentar pruebas para desacreditar sus testimonios si es necesario. También tiene derecho a solicitar y obtener la comparecencia de testigos a su favor.

    Una vez concluido el juicio, la sentencia debe ser fundada y motivada, es decir, el juez debe explicar de manera clara y razonada los fundamentos de la decisión tomada. En caso de ser declarado culpable, Juan tiene derecho a impugnar la sentencia y recurrir a instancias superiores para que se revise su caso.

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Articulo 29

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