domingo, 5 de noviembre de 2023

articulo 9

 No se podrá coatar el derecho de reunirse o asociarse pacíficamente con un objeto inato. No se considera ilegal y será disuelta una asamblea o reunión donde la petición es presentar o hacer una protesta por algún acto/autoridad, más si no hay injusticias presentadas hacia esta.



1 comentario:

  1. unos estudiantes están inconformes con ciertas actitudes y decisiones que se toman dentro del plantel ellos expresaron dicha inconformidad mediante una reunión que se hizo con los directivos del plantel y el gobierno ya que el problema era grave para así ellos poder llegar a un acuerdo Pacífico pero tanto como las autoridades/gobierno y los directivos del plantel no le dan importancia al caso y los estudiantes llegan a la conclusión de manifestarse por medio de protestas de una forma pacífica y respetuosa ya que no les hicieron caso y así poder tener una respuesta digna del problema pero al parecer esto solo empeo las cosas porque al llegar el gobierno al sitio de la protesta solo llegó con violencia hacia ellos y violentando su derecho de asociación ya que solo quiso callarlos violentamente y no querer llegar a un acuerdo que era lo único que ellos buscaban.

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Articulo 29

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